Sí, se puede embargar una vivienda que tiene dos titulares o más, si uno de ellos tiene una deuda impagada que llega a ser embargada judicialmente (si se trata de una deuda privada) o por la administración (si consiste en una deuda con la Seguridad Social o con la Agencia Tributaria ). Lo que sucede es que la parte de esa otra persona que no
1. Obtén un nuevo título de propiedad. En realidad, no se puede "quitar" a una persona de un título de propiedad sino que, para ello, se debe emitir un nuevo título en el que no figure el nombre del difunto. Este nuevo título debe estar firmado y certificado por todos los nuevos propietarios. Pago al que debe contribuir con su cuota de participación. En caso de que no se llegue a un acuerdo por mayoría, los propietarios interesados no podrán reclamar ningúna derrama a los propietarios disconformes. En algunas ocasiones, los propietarios interesados pueden decidir ejecutar la instalación del ascensor corriendo ellos con todosSi ambos ex cónyuges llegan a un acuerdo, el que no quiere vender puede comprarle su parte al que sí quiere hacerlo, pasando a ser propietario del 100% de la vivienda familiar. Judicialmente. Si no hay acuerdo posible, el ex cónyuge que quiere vender puede acudir al Juzgado para presentar una demanda de división de cosa común, solicitando