usufructouniversal, o el tercio de libre disposici贸n adem谩s de su cuota legal usufructuaria, 2.潞 lego a su hija A. M. R. hasta que alcance la mayor铆a de edad, el usufructo sucesivo sobre la vivienda en Madrid, privativa del causante; 3.潞 instituy贸 herederos por partes iguales a sus tres hijos. Fecha煤ltima revisi贸n: El usufructo vidual es aquel que corresponde al c贸nyuge viudo que al morir su consorte no se hallase separado de 茅ste judicialmente o de hecho, si concurre a la herencia con hijos o descendientes. .
Comohemos dicho, el c贸nyuge viudo tiene derecho a 1/3 de la herencia en usufructo (del tercio de mejora): Valor del usufructo: 89-74=15%. Porci贸n de la herencia a que tiene derecho: 1/3 x 900 = 300. Leg铆tima vidual: 15% x 300= 45. El resto lo recibir谩n los herederos por partes iguales del siguiente modo: Cada hijo:300 en pleno dominio (150
Enel caso que nos ocupa, la elecci贸n se produjo expresamente en virtud de documento privado, (3 de mayo de 2004) recogido en el cuaderno particional, confeccionado por el contador partidor nombrado en el proceso de divisi贸n judicial de herencia, optando por el legado del tercio libre m谩s la cuota legal usufructuaria. Eltercio de libre disposici贸n. Es la parte de la herencia de la que el testador puede disponer libremente y no se requiere ning煤n vinculo de parentesco. con lo cual es v谩lido y legal. Los herederos . 219 137 56 360 333 173 373 25

cuota legal usufructuaria y tercio de libre disposicion